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Reglamento VERI*FACTU · RD 1007/2023

VeriFactu llega en 2027. Que no te pille facturando como siempre.

El cambio no va solo de añadir un QR. Tu software de facturación debe generar registros trazables, conservar el histórico y preparar la información para la AEAT.

  • Facturas con QR
  • Registro trazable
  • Envío a AEAT en modalidad VERI*FACTU
2027Inicio de la fase obligatoria
QRFactura verificable y trazable
50.000 €Riesgo sancionador si el sistema no cumple
Normativa VeriFactu

No tienes que correr hoy. Pero las fechas ya están fijadas.

Tras la ampliación aprobada, las sociedades deberán tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados antes del 1 de julio de 2027. Prepararlo ahora evita migraciones y cambios de proceso cuando el plazo esté encima.

  • Sociedades: 1 enero 2027
  • Resto de obligados: 1 julio 2027
  • Facturas SIF con QR
Facturas con QR VeriFactu Registros trazables Envío a AEAT Gestión conectada

El cambio real

Ya no basta con emitir una factura bonita. El registro también tiene que cuadrar.

VeriFactu cambia la lógica del software de facturación: cada factura debe dejar un rastro técnico coherente, trazable y no manipulable.

X

Creo, edito y borro hasta que quede bien

El flujo antiguo permite dudas sobre qué ocurrió con cada factura y cuándo cambió la información.

Facturas sin pensar en la parte técnica

DocuDocu genera el registro, mantiene la trazabilidad y prepara la factura con QR dentro del mismo proceso.

AE

Factura, registro y AEAT conectados

La adaptación no se queda en cumplir: la factura sigue conectada a clientes, cobros, bancos, documentos y asesoría.

Plazos VeriFactu

¿Cuándo tienes que estar preparado?

El periodo previo funciona como margen de adaptación y pruebas. Lo interesante es probar facturas reales, series, rectificativas y el flujo con la asesoría antes de tener urgencia.

Impuesto sobre Sociedades1 enero 2027

Sistema informático de facturación adaptado al RRSIF antes de esa fecha.

Resto de obligados1 julio 2027

Sistema adaptado y operativo para el resto de obligados tributarios incluidos en el Reglamento.

Cómo puedes cumplir

Hay dos vías válidas. DocuDocu elige la más automática.

VERI*FACTU y NO VERI*FACTU son modalidades legales. La diferencia está en dónde quedan los registros y qué medidas adicionales debe asumir el sistema.

Solución
Cumple RRSIF
QR en factura
Envío automático a AEAT
Qué implica
Software antiguo sin adaptar
× No desde tu fecha límite
× No
× No
Necesita adaptación o sustitución.
SIF adaptado NO VERI*FACTU
✓ Sí
✓ Sí
× No de forma ordinaria
Necesitas firma de registros, registro de eventos y conservación segura.
Aplicación gratuita AEAT
✓ Sí
✓ Sí
✓ Sí
Solo es fácil con un bajo volumen de facturación.

VERI*FACTU no es la única modalidad válida. Es la modalidad en la que el sistema remite los registros de facturación a la AEAT inmediatamente después de generarlos.

Precio sin sorpresas

Preparar VeriFactu cuesta mucho menos que cambiar de sistema a última hora

Empieza con facturación conectada, QR, registros compatibles con VERI*FACTU y una suite que también conecta clientes, bancos, documentos y asesoría.

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  • Envío automático a la AEAT en modalidad VERI*FACTU
  • Facturación, clientes, bancos, documentos y asesoría conectados
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Cómo funciona

Tú haces una factura. DocuDocu hace el resto.

La adaptación no debería obligarte a aprender hashes, registros técnicos ni comunicaciones con la AEAT.

Tu trabajo1

Creas la factura

Cliente, concepto, base, impuestos y forma de cobro. Sin duplicar información en otra herramienta.

Automático2

Se genera el registro

DocuDocu genera el registro correspondiente, mantiene la trazabilidad y crea la factura con el QR exigido.

VERI*FACTU3

Se remite a la AEAT

En modalidad VERI*FACTU, el registro se envía de forma automática. Tú sigues gestionando el negocio.

La diferencia DocuDocu

No es solo cumplir VeriFactu. Es que la factura no termine ahí.

Una aplicación básica puede generar y enviar una factura. DocuDocu conecta esa factura con el resto de la gestión que viene después.

01

Factura + banco

La facturación convive con tesorería, movimientos y conciliación para saber qué está cobrado y qué sigue pendiente.

02

Factura + asesoría

Tu asesoría trabaja sobre la misma información. Menos PDFs reenviados y menos peticiones manuales.

03

Factura + gestión

Clientes, gastos, documentos y datos empresariales siguen conectados. Adaptarte a VeriFactu no significa comprar una app que solo factura.

Qué es VeriFactu y qué cambia realmente

El llamado Reglamento VERI*FACTU es el Reglamento de requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023 y desarrollado técnicamente por la Orden HAC/1177/2024. Su objetivo es que los programas utilizados para facturar garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de sus registros.

El cambio no consiste únicamente en añadir un código QR al PDF. Cuando se expide una factura con un SIF sujeto a la norma, el sistema debe generar un registro de facturación de alta y mantener la secuencia de forma trazable.

Importante: VERI*FACTU es una de las dos modalidades de cumplimiento. El nombre se usa habitualmente para referirse a toda la normativa, pero técnicamente también existe la modalidad NO VERI*FACTU.

Plazos VeriFactu 2027: empresas y autónomos

Los plazos actuales fueron ampliados. A agosto de 2026, las fechas vigentes son:

ColectivoFecha límiteQué debe estar listo
Contribuyentes del Impuesto sobre SociedadesAntes del 1 de enero de 2027Sistema informático de facturación adaptado al RRSIF
Resto de obligados del art. 3.1Antes del 1 de julio de 2027Sistema adaptado y operativo

¿A quién afecta la normativa VeriFactu?

Con carácter general, afecta a empresarios y profesionales establecidos en España que expidan facturas utilizando sistemas informáticos de facturación y estén dentro del ámbito subjetivo del Reglamento.

Existen supuestos de exclusión y particularidades según operaciones, regímenes y territorios. Por eso conviene revisar el caso concreto con la asesoría.

VERI*FACTU y NO VERI*FACTU: no son lo mismo

Modalidad VERI*FACTU

El sistema remite a la AEAT los registros de facturación inmediatamente después de generarlos. La factura incorpora QR y la mención correspondiente a factura verificable.

Modalidad NO VERI*FACTU

No existe remisión ordinaria inmediata de los registros, pero el sistema debe conservarlos con garantías reforzadas, firma electrónica de registros y registro de eventos.

Qué cambia en tus facturas: QR, registro y correcciones

  • Código QR: las facturas emitidas mediante SIF sujeto al Reglamento deberán incorporarlo.
  • Registro de alta: se genera al emitir cada factura con los datos exigidos.
  • Encadenamiento: los registros incorporan información del registro anterior.
  • Correcciones trazables: los errores deben conservar el histórico.
  • Declaración responsable: el productor del SIF declara que cada versión cumple los requisitos exigidos.

¿Puedo seguir usando Excel o Word para facturar?

Depende de cómo los uses. La AEAT indica que una hoja de cálculo o procesador de textos puede quedar fuera del RRSIF si se utiliza únicamente para introducir datos, expedir o imprimir facturas y conservar la información.

No conviertas esto en una estrategia de cumplimiento. Que un uso muy básico de Word o Excel pueda quedar fuera del concepto de SIF no significa que sea la forma más eficiente de gestionar clientes, cobros, impuestos, rectificativas y documentación.

Sanciones relacionadas con el software de facturación

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria establece un régimen sancionador específico para determinados sistemas informáticos que no cumplen las especificaciones exigidas. Para el usuario, prevé una multa fija de 50.000 euros por cada ejercicio por la tenencia de sistemas o programas que, debiendo estar certificados, no lo estén.

Esta cifra debe entenderse correctamente: no es una multa automática por cometer un error en una factura ni por elegir la modalidad NO VERI*FACTU si el sistema cumple correctamente esa modalidad.

¿VeriFactu y factura electrónica son lo mismo?

No. Son regulaciones distintas. El RRSIF regula cómo debe funcionar el sistema que soporta la facturación y qué registros debe generar. La factura electrónica regula el formato y transmisión electrónica de la propia factura.

Por qué preparar VeriFactu con DocuDocu

El objetivo no es añadir otro programa a tu empresa solo para cumplir una obligación. Con DocuDocu, la factura que nace preparada para VERI*FACTU continúa dentro de tu gestión: clientes, cobros, bancos, documentación y acceso de tu asesoría forman parte del mismo entorno.

Contenido informativo. La aplicación de la normativa depende de la situación fiscal y operativa de cada negocio; esta página no sustituye asesoramiento tributario individualizado.

Dudas frecuentes

VeriFactu, explicado sin titulares alarmistas

¿Cuándo será obligatorio tener el software adaptado a VeriFactu?

Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados del artículo 3.1 del RRSIF deberán tenerlos operativos antes del 1 de julio de 2027.

¿Todos los autónomos están obligados a VeriFactu?

No puede responderse solo por la palabra autónomo. Con carácter general afecta a personas físicas que desarrollan actividades económicas, expiden facturas y utilizan un sistema informático de facturación, siempre que no exista una exclusión aplicable.

¿Tengo que enviar todas mis facturas a Hacienda?

No necesariamente. VERI*FACTU remite los registros a la AEAT inmediatamente, pero existe una modalidad NO VERI*FACTU igualmente válida con requisitos adicionales de seguridad. DocuDocu apuesta por el flujo VERI*FACTU para automatizar esa parte del proceso.

¿El QR es obligatorio?

Sí para las facturas completas y simplificadas emitidas mediante un sistema informático de facturación sujeto al Reglamento, tanto en modalidad VERI*FACTU como en modalidad NO VERI*FACTU.

¿Puedo seguir facturando con Excel?

Depende. La AEAT indica que Word o una hoja de cálculo pueden quedar fuera del Reglamento si solo se usan para introducir, expedir, imprimir y conservar facturas. Si procesan información para generar libros fiscales, contabilidad u otros resultados tributarios, pueden considerarse un SIF.

¿La multa por incumplir VeriFactu es de 50.000 €?

La Ley General Tributaria prevé una multa fija de 50.000 euros por ejercicio por la tenencia de sistemas que, debiendo estar certificados, no lo estén, o cuando se hayan alterado dispositivos certificados. No es una multa automática por cualquier error de facturación.

¿VeriFactu es la nueva factura electrónica?

No. VeriFactu regula los requisitos del sistema que genera y registra las facturas. La factura electrónica regula la factura y su intercambio en los supuestos en los que resulte aplicable.

Facturación preparada para 2027

2027 llegará igual. Tu facturación puede llegar preparada.

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