Si emites facturas con un ordenador, una tablet o un TPV, VeriFactu te afecta. La buena noticia es que la obligación se ha aplazado, así que 2026 se convierte en el año para preparar tu facturación con calma, antes de que el sistema sea obligatorio en 2027.
✓Facturas verificables
Cada factura incluye un código QR y el sistema genera un registro con una huella digital encadenada que garantiza su integridad.
→En vigor en 2027
La obligación llega de forma escalonada, primero para sociedades y después para autónomos.
§Ley Antifraude
Registros íntegros y trazables que la Agencia Tributaria puede comprobar en cualquier momento.
Qué es VeriFactu
El sistema de facturación verificable de la Agencia Tributaria
VERI*FACTU es una de las dos modalidades previstas por el Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación, conocido como RRSIF y aprobado por el Real Decreto 1007/2023, que desarrolla la Ley Antifraude. En esta modalidad, el software remite los registros de facturación a la Agencia Tributaria; la otra modalidad permite conservarlos en el propio sistema con requisitos adicionales. El objetivo común es que los registros sean completos, íntegros, inalterables y trazables, para dificultar la manipulación de facturas y reforzar el control fiscal.
En la práctica, cada vez que emites una factura, tu software genera un registro con una huella digital encadenada y un código QR. Ese registro no se puede modificar después sin dejar rastro, y puede remitirse a la Agencia Tributaria de forma automática o conservarse en tu propio sistema con garantías reforzadas.
Plazos: cuándo es obligatorio
Las fechas previstas al principio para 2026 se ampliaron un año para dar margen a empresas, autónomos y desarrolladores de software. Estas son las que debes tener en el calendario.
| Perfil | Obligatorio desde | Detalle |
|---|---|---|
| Sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 | Personas jurídicas que emiten facturas con software. |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 | Profesionales y empresas que facturan con sistemas informáticos. |
| Nuevas altas posteriores | Desde el primer día | Quienes inician actividad después de esas fechas cumplen desde el inicio. |
Hasta esas fechas, el uso de VeriFactu es voluntario. La Agencia Tributaria considera ese margen un periodo de pruebas, pensado para que revises tu software y lo adaptes sin la presión de la fecha límite.
Tu día a día apenas cambia: es el software el que debe adaptarse al nuevo marco, no tú.
A quién afecta y quién queda fuera
La norma alcanza a la mayoría del tejido empresarial: autónomos en estimación directa, pequeñas y medianas empresas, sociedades, profesionales independientes y despachos que gestionan la facturación de sus clientes. En resumen, si tu factura pasa por un programa informático, VeriFactu te afecta.
Hay excepciones que conviene tener claras:
- País Vasco y Navarra, cuando el empresario o profesional está sujeto por su actividad a normativa foral; en los territorios históricos vascos se aplica TicketBAI.
- Quienes facturan exclusivamente de forma manual, sin utilizar sistemas informáticos.
- Los obligados al Suministro Inmediato de Información, el SII, que siguen su propio régimen y quedan fuera del RRSIF.
Para quienes emiten muy pocas facturas y no disponen de un programa propio, la Agencia Tributaria pondrá a disposición una aplicación gratuita en su sede electrónica, que ya cumple los requisitos del reglamento.
VeriFactu no es la factura electrónica
Es la confusión más habitual, pero son obligaciones distintas. VeriFactu regula cómo se generan y conservan los registros de facturación, con huella, QR y trazabilidad. La factura electrónica obligatoria, que llega con la Ley Crea y Crece, regula el formato y el intercambio de las facturas entre empresas y profesionales.
Pueden convivir, pero una no sustituye a la otra, y sus calendarios son diferentes. Cumplir con VeriFactu no te exime de la factura electrónica cuando esta sea exigible, ni al revés.
Qué debe cumplir tu software
Un programa preparado para VeriFactu tiene que garantizar la integridad de cada registro desde el momento en que se crea. Estos son los pilares comunes a cualquier modalidad.
Huella encadenada
Cada registro se sella con un hash y se enlaza con el anterior, de modo que forma una cadena que no se puede alterar sin dejar rastro.
Código QR
Toda factura incluye un QR que permite cotejar el registro, con la leyenda de factura verificable cuando corresponde.
Conservación y remisión
El sistema conserva los registros de forma accesible y es capaz de remitirlos a la Agencia Tributaria cuando se requiera.
Sobre esa base, puedes operar de dos formas. En modo VeriFactu, tu software remite cada registro a la Agencia Tributaria de forma inmediata, y la factura queda verificable para tu cliente a través del QR. En modo no verificable, no hay envío automático, pero el sistema debe añadir la firma electrónica de cada registro y un registro de eventos que deje constancia de cualquier incidencia. La mayoría de proveedores está orientando sus soluciones hacia el modo VeriFactu por su menor carga técnica.
Sanciones por no cumplir
El incumplimiento puede salir caro. Usar un programa no adaptado o manipulable puede acarrear multas de hasta 50.000 euros por ejercicio para el usuario. Para los fabricantes de software, las sanciones alcanzan hasta 150.000 euros por cada tipo de programa que no cumpla la normativa.
Además, conviene recordar que las facturas deben conservarse durante un mínimo de cuatro años por prescripción fiscal, y hasta seis según el Código de Comercio. Con un sistema adaptado, ese almacenamiento es automático y seguro.
Cómo prepararte en 2026
El año de transición es el momento de ordenar la casa. Estos son los pasos para llegar a 2027 sin sobresaltos.
- Revisa tu software actualComprueba si tu programa genera huella y código QR, o si tu proveedor confirma que se adaptará a tiempo.
- Elige tu modalidadDecide si operas en modo VeriFactu, con envío automático a la Agencia Tributaria, o en modo no verificable con requisitos técnicos añadidos.
- Coordina el cambio con tu asesoríaPlanifica la migración fuera de los cierres trimestrales para que no coincida con los picos de trabajo.
Si estás revisando tu sistema de facturación, aprovecha para mirar el cambio completo: la factura electrónica obligatoria B2B y la elección de un software de gestión para pymes preparado para facturación, documentos y asesoría forman parte del mismo proceso de adaptación.
Prepara tu facturación para VeriFactu sin prisas
Te mostramos cómo DocuDocu genera facturas con huella, código QR y capacidad de remisión, listas para el nuevo marco de la Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
¿VeriFactu es obligatorio en 2026?
No. Tras el aplazamiento, la obligación llega el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados. Durante 2026 su uso es voluntario y funciona como periodo de preparación.
¿Afecta a los autónomos?
Sí, a los autónomos que emiten facturas con software. La obligación empieza para ellos el 1 de julio de 2027. Quienes facturan solo en papel quedan fuera mientras no usen sistemas informáticos.
¿Es lo mismo que la factura electrónica?
No. VeriFactu regula cómo se generan y conservan los registros de facturación. La factura electrónica de la Ley Crea y Crece regula el formato y el intercambio de las facturas entre empresas. Son obligaciones diferentes y con plazos distintos.
¿Tengo que enviar mis facturas a Hacienda en tiempo real?
Solo si operas en modo VeriFactu, en el que los registros se remiten de forma automática. En la modalidad no verificable no hay envío automático, pero el software debe conservar los registros con firma electrónica y registro de eventos, y remitirlos si la Agencia Tributaria lo requiere.
¿Qué pasa si trabajo en el País Vasco o Navarra?
La exclusión no depende simplemente de dónde trabajes. Con carácter general, el RRSIF no se aplica a quienes estén sujetos por su actividad a normativa foral en imposición directa, según el Concierto Económico vasco o el Convenio Económico navarro. Si operas en varios territorios, conviene comprobar tu situación fiscal concreta.
Fuentes oficiales y revisión
Contenido contrastado por Equipo editorial de DocuDocu. La normativa puede cambiar; consulta siempre la fuente oficial enlazada.